Riaza Los Gayumbos desde 1990

Primavera 2024

El tiempo - Tutiempo.net
 Usuarios registrados: 679
Usuario
Contraseña
Visitas: 12.119.400   
Estas en:
  Actualidad
Palabras:   Fecha:   Buscar
<< Volver
[OPINION]
lunes, 18 de mayo de 2015 23:00
Visitas: 1865
Alcaldes, lo qué esperamos de ellos
Fuente de la Noticia:  
Peña Los Gayumbos
José Luis Cuenca Aladro
Me Gusta  0  Les Gusta
No me Gusta  0 No les Gusta
Apenas quedan 6 días (el domingo 24 de mayo) para que los ciudadanos de nuestra provincia acudan a las urnas para elegir los equipos que gobernarán en sus municipios (209). El sentido común y la participación democrática de los segovianos en los próximos comicios están asegurados y, por tanto, sean quienes sean los concejales finalmente elegidos de las candidaturas que se presentan por cada circunscripción, los electores habrán tenido razón.

Desde muy antiguo se consideró que el gobierno de los pueblos pertenece por derecho natural a los pueblos mismos, y en la actualidad está más reivindicado y reconocido que nunca. El reconocimiento constitucional de la autonomía municipal, la existencia de una Carta Europea de la Autonomía Local, la proclamación del principio de subsidiaridad que, desde los Tratados de la Unión Europea, se ha trasladado al Derecho interno, son manifestaciones de la pujanza de los poderes locales en la actualidad, fundamentalmente de los municipios. Pero, por encima de cualquier otra circunstancia o disposición, es la demanda de los ciudadanos lo que hace de los ayuntamientos unas instituciones imprescindibles en el desarrollo de la vida social. Son los ciudadanos los que cada día se acercan a sus ayuntamientos reclamando soluciones a los más diversos problemas que les conciernen.

En este contexto, los ayuntamientos, de simples administraciones prestadoras de los servicios más básicos, se van convirtiendo, cada vez más, en las instituciones más cercanas a los ciudadanos en las que se ejerce el poder público, diseñando políticas de actuación que afectan muy directamente a sus vecinos en los más variados campos: cultura, deportes, educación, empleo, urbanismo, vivienda, etc., y en cuya generación y ejecución intervienen los ciudadanos a través de las técnicas de participación. El ayuntamiento es, sin duda, una instancia básica y fundamental en la organización política del Estado.

El alcalde es el presidente de la corporación y el órgano unipersonal y ejecutivo por excelencia en el municipio. Es elegido por los vecinos o los concejales. En el régimen de ayuntamientos el alcalde es elegido, de forma indirecta, por los concejales en la sesión constitutiva de la corporación surgida de las elecciones locales tras votación nominal y secreta. Las atribuciones del alcalde son: dirigir el Gobierno y la administración municipal; representar al ayuntamiento; nombrar a los tenientes de alcalde; convocar y presidir las sesiones del pleno; dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales; dictar bandos; desarrollar la gestión económica de acuerdo con el presupuesto aprobado, disponer gastos dentro de los límites de su competencia; aprobar la oferta de empleo público; desempeñar la jefatura superior de todo el personal del ayuntamiento; ejercitar las acciones judiciales y administrativas, y la defensa del ayuntamiento en materias de su competencia; adoptar personalmente, y bajo su responsabilidad, en caso de catástrofe, las medidas necesarias y adecuadas, dando cuenta inmediata al pleno; sancionar las faltas de desobediencia a su autoridad o por infracción de las ordenanzas municipales; aprobar proyectos de obras y servicios cundo esté previsto en el presupuesto; adquirir bienes y derechos cuando su valor no supere el 10% de los recursos ordinarios del presupuesto; otorgar licencias, salvo que las leyes sectoriales lo atribuyan expresamente al pleno o a la comisión de gobierno; ordenar la publicación, ejecución y cumplimiento de los acuerdos del ayuntamiento...Hay otras competencias que de manera expresa le atribuyen las leyes y aquellas que la legislación del Estado o de las comunidades autónomas asignen al municipio y no atribuyan a otros órganos municipales. Naturalmente, el alcalde podrá delegar en cualquier concejal la gestión y dirección de asuntos determinados. Delegaciones que se otorgarán mediante resolución o decreto de la alcaldía. Por último, y para no cansarles, el alcalde cesará por renuncia, fallecimiento o pérdida de la cuestión de confianza en caso de prosperar una moción de censura.

Ahora bien, dicho todo lo que antecede sobre lo que podríamos denominar "formalidad ejecutiva de los ayuntamientos", y en concreto de sus alcaldes, conviene tener en cuenta otro tipo de consideraciones, también formales, pero sobre todo de orden moral, tanto o más importantes que las anteriormente mencionadas sucintamente.

Vamos a ellas: el alcalde, como cargo público elegido por los ciudadanos, debe tener muy claro que es un funcionario que está al servicio exclusivo de todos los habitantes de su municipio. De todos sin excepción, y debe emplearse a fondo en la resolución de sus problemas, sean del índole que sean. Ése, y no otro, es su principal y prioritario cometido, y es para lo que han sido elegidos (o lo serán el próximo 24M).

Los alcaldes han de tener un conocimiento cabal de la realidad social de sus municipios que habrán de moldear y mejorar. Tienen que conocer lo que día a día preocupa a sus pobladores. Lo micro y no solo lo macro. De ahí que tienen que conectar con los sentimientos de los ciudadanos. Conocer la calle. Escuchar. Analizar y concluir. Tener metas claras y transmitir fuerza para conseguirlas. No se puede gobernar un municipio con camarillas aduladoras y suficiencia personal. Hay que bañarse en la realidad. Si no se conoce bien lo que hay que cambiar mal podrá cambiarse.

Los alcaldes tienen que ser unos apasionados del servicio público y tener la firme convicción de que su papel en la alcaldía es servir al cargo, no servirse de él. Han de ser servidores públicos no vividores de "lo público". Han de gobernar con transparencia total, absoluta. La sencillez, la ausencia de soberbia tiene que ser consustancial al buen alcalde. Los ciudadanos le pueden preguntar. "Si estás ahí, en lo alto, ¿por qué estás?". Si el alcalde responde que lo está por ser el más listo, por ser el mejor, en lugar de que porque lo han elegido los ciudadanos, estará abocado a lo peor: la soberbia en el mando. El alcalde es un "conductor" que debe saber a dónde va y lo que debe hacerse para ejercer sus funciones sin graves percances. Lo contrario sería una aventura que puede tener consecuencias desastrosas para su municipio.

Y acabo, los alcaldes tienen que ser honrados. Exquisitamente honrados. Vivir para la alcaldía, no vivir de la alcaldía. Honra, estima y respeto de su propia dignidad han de ser su máxima vital. Y si en la vida , en general, la honradez es importante, en la vida pública es fundamental. Esto es lo deseable, y hacer de ello la práctica normal es lo que deseamos todos los ciudadanos con derecho a voto en nuestros municipios en las elecciones inmediatas que tenemos a la vista.

Y ahora, a votar todos el domingo en conciencia y libertad. Y con alegría.
Me Gusta  0  Les Gusta
No me Gusta  0 No les Gusta
Para ver los gustos y comentarios de las pesonas, deberá registrarse.

Idioma:
Día a Día
Imagen del día, pulsa para ampliarla Domingo 14 de abril de 2024
¡ El Circo !
Próximos eventos
9
05
09
Próximos cumpleaños
Encuesta
¿Qué orquesta consideras la mejor de las fiestas Riazanas 2023?
Orquesta Raider
Orquesta The 8 y 1/2 Band
Orquesta La Huella
Orquesta Pikante
Orquesta Voltaje
Votar [ Ver resultados ]
Publicidad
Tiepo de respuesta del servidor: 0,28125 sg.
Fecha de Creación: 26/08/2003
© Peña "Los Gayumbos" (Riaza) 2003-2024
Web creada por: José Luis Palermo
Esta web utiliza cookies, puedes ver nuestra la política de cookies, aquí Si continuas navegando estás aceptándola
Política de cookies +